Recordamos a todas las empresas clasificados en OBRAS que, desde el próximo 1 de enero de 2021, ya no podrá ser tomada en consideración la experiencia de las obras ejecutadas con anterioridad a 2016, pues 2015 y anteriores quedarán fuera del plazo que puede tomarse en consideración a efectos de acreditar la solvencia (según los artículos 88 y 90 de la vigente Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público) y por lo tanto sólo se tendrá en cuenta el periodo 2016-2020. Para las empresas clasificadas en SERVICIOS, cuyo plazo es de tres años, el último utilizable será 2018, por lo que el periodo que se tendrá en cuenta será el trienio 2018- 2020.
También debe tenerse en cuenta que los Expedientes presentados en 2021, deberán incluir los
datos de alquileres y experiencia (especialmente el cuadro B) cerrados al 2020.
Para las empresas que soliciten su clasificación por primera vez, a partir del próximo 1 de
enero será obligatorio incorporar la experiencia de la empresa del 2020.
Esto NO afecta a los datos financieros, que deberán ser los de 2019, hasta que se aprueben y
depositen las Cuentas Anuales de 2020.
Si la intención de la empresa es de la presentar su Expediente de Clasificación antes del 31 de
diciembre y éste ya fue estudiado por la Oficina Auxiliar, deberán agilizar en la recopilación
de la documentación y en la obtención de los certificados indicados. Recomendamos no
apuren los plazos, pues con las Fiestas Navideñas siempre se producirán demoras en la
terminación y en los envíos de documentación.
Para los Expedientes que se encuentren en tramitación y ya obren en nuestro
poder pendiente de ser estudiados, se tendrá en cuenta la información
incorporada para su tramitación.