Los criterios para asignar las categorías dentro de cada subgrupo de tipo de obra son los siguientes:
* Cifra base: la mayor suma anual de un máximo SEIS obras del subgrupo, ejecutada en el último decenio (es decir, el mejor año de cada uno de los diez que se pueden abarcarse en el Expediente, en cada subgrupo; podrán o no coincidir el mismo año en dos o más subgrupos) En caso de que una sola obra tuviera un importe máximo anual mayor que la suma anterior, podrá tomarse ésta como base de cálculo. En servicios, la referencia es a la mejor suma anual de un máximo de CUATRO trabajos en el último quinquenio, multiplicada por un coeficiente reductor en función de la ejecución simultánea.
Sobre esta cifra base, se aplican unos factores multiplicadores, que forman el llamado “Índice de Empresa”:
Como puede verse, la primera cifra puede verse incrementada hasta en un trescientos veinte por ciento, aunque existen limitaciones que impiden obtener clasificaciones elevadas con importes pequeños. Por lo general, un índice del 2,8 es el que permite una mayor ampliación de la cifra básica realizada.